PRINCIPIOS BÁSICOS DEL PROCEDIMIENTO LABORAL
El procedimiento es el conjunto de formalidades a que
deben someterse el juez y las partes
en la tramitación del proceso, su etimología significa avanzar, marcha por
seguir. La aplicación de las normas del derecho laboral sustantivo en razón de
sus principios y el alcance de la regulación positiva requiere un procedimiento
especial fundado en estos 3 módulos: tecnicismo, celeridad y economía. Se
estructura en tres etapas que son de reconocimiento, ejecución y aseguramiento.
Los principios básicos son:
1.
valoración del acto conciliatorio
2.
oralidad: se tramita preferentemente en forma sumarial con
predominio de la palabra sobre la escritura sin mayores formalismos ni actos
que dilaten el proceso
3.
equidad: los principios de la equidad deben ser tenidos en cuenta
por el juez no solo al dar los fundamentos de su fallo sino también en la
dirección general del procedimiento
4.
celeridad: ya que los términos son perentorios e improrrogables
salvo excepciones como el de recepción de pruebas si el juez estima necesario
para dilucidar el punto controvertido.
5.
Concentración las diligencias probatorias deben recibirse en el
menor número posible de audiencias
6.
Inmediación ya que el juez está obligado a recibir directamente
las pruebas
7.
Impulso procesal de oficio: con amplias atribuciones del
magistrado pero sin perjuicio de la facultad de las partes
8.
Potestad del juez para fallar más allá y fuera de lo pedido
9.
Interpretación más favorable al trabajador en caso de duda porque
es la parte económicamente más débil
10. Unidad de la instancia para
determinar litigios pero garantizando los recursos de revisión y consulta
11. Publicidad de las
audiencias, pero con la facultad de los órganos jurisdiccionales de ordenarlas
en privado por motivos fundados
12. Gratuidad para los
trabajadores económicamente débiles. El pobre litiga gratis se refiere a los
gastos y tasas para actuar en juicio.
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