miércoles, 16 de marzo de 2016


PRINCIPIOS BÁSICOS DEL PROCEDIMIENTO LABORAL

El procedimiento es el conjunto de formalidades a que deben someterse el juez y     las partes en la tramitación del proceso, su etimología significa avanzar, marcha por seguir. La aplicación de las normas del derecho laboral sustantivo en razón de sus principios y el alcance de la regulación positiva requiere un procedimiento especial fundado en estos 3 módulos: tecnicismo, celeridad y economía. Se estructura en tres etapas que son de reconocimiento, ejecución y aseguramiento.
Los principios básicos son:
1.    valoración del acto conciliatorio
2.    oralidad: se tramita preferentemente en forma sumarial con predominio de la palabra sobre la escritura sin mayores formalismos ni actos que dilaten el proceso
3.    equidad: los principios de la equidad deben ser tenidos en cuenta por el juez no solo al dar los fundamentos de su fallo sino también en la dirección general del procedimiento
4.    celeridad: ya que los términos son perentorios e improrrogables salvo excepciones como el de recepción de pruebas si el juez estima necesario para dilucidar el punto controvertido.
5.    Concentración las diligencias probatorias deben recibirse en el menor número posible de audiencias
6.    Inmediación ya que el juez está obligado a recibir directamente las pruebas
7.    Impulso procesal de oficio: con amplias atribuciones del magistrado pero sin perjuicio de la facultad de las partes
8.    Potestad del juez para fallar más allá y fuera de lo pedido
9.    Interpretación más favorable al trabajador en caso de duda porque es la parte económicamente más débil
10. Unidad de la instancia para determinar litigios pero garantizando los recursos de revisión y consulta
11. Publicidad de las audiencias, pero con la facultad de los órganos jurisdiccionales de ordenarlas en privado por motivos fundados
12. Gratuidad para los trabajadores económicamente débiles. El pobre litiga gratis se refiere a los gastos y tasas para actuar en juicio.

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